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ORDENA EL TEPJF NUEVO ESCRUTINIO Y CÓMPUTO EN EDOMEX

*Ordena TEPJF nuevo escrutinio y cómputo
*En 556 casilas de la elección de gobernador
*Que sin embargo no modificarán resultados
*pero darán pauta a protesta de la oposición

Luis Alberto Rodríguez

Así sea para realizarse en apenas cerca del 3 por ciento de las más de 17 mil casillas impugnadas, donde principalmente el partido MORENA y su candidata DELFINA GÓMEZ, además de los partidos PAN, PT y PRD, reclamaron insistentemente el recuento “voto por voto, casilla por casilla”, la determinación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tomada ayer jueves de realizar nuevo escrutinio y cómputo en tan sólo 556 casillas, en un lapso que concluye el próximo martes  29 de agosto, marca un hito histórico trascendente en la vida democrática del Estado de México.

Sin duda la elección de gobernador del Estado de México realizada el pasado 4 de junio representó el ejercicio democrático más competido y significativo de la historia reciente de la entidad más poblada y económicamente más importante del país y que por añadidura es la cuna del actual presidente de la República, ENRIQUE PEÑA NIETO y cuyo cercano pariente, ALFREDO DEL MAZO MAZA fuera el candidato de su partido, el PRI -y de sus coaligados PVEM, Nueva Alianza y Encuentro Social- había recibido apenas el reciente 8 de agosto, la constancia de mayoría y la declaratoria de validez de la elección, por parte del Instituto Electoral del Estado de México.

Casi a las vísperas de que el próximo gobernador del Estado de México tome protesta como tal, resulta ahora que la Sala Superior del TEPJF en sesión pública presidida por la magistrada JANINE OTALORA MALASSIS ordenó que haya nuevo escrutinio y cómputo de votos en las mencionadas 556 casillas, las que a pesar de su reducido número, en relación con las más de 18 mil instaladas el día de la elección, simbolizan el extendido malestar ciudadano expresado durante todo el proceso en el que se cuestionó en múltiples formas y ocasiones la limpieza e imparcialidad del mismo.

El TEPJF rechazó realizar un recuento en otras 16 mil 523 casillas, que habían sido impugnadas, al considerar que en estas no se cumplían con los cinco supuestos de la ley para recontar los votos:

“Como los paquetes electorales se encuentran actualmente en las oficinas de los consejos distritales del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), la Sala Superior determinó que el sábado 26 de agosto deberá realizarse una diligencia de apertura de bodegas y traslado de paquetes, en la cual los consejos distritales deberán tomar todas las medidas pertinentes para que la documentación no se vea alterada, maltratada o expuesta a riesgo alguno”, detalló el Tribunal, en un comunicado.

“Las diligencias de recuento –en las que también podrán estar presentes los representantes de partidos, coaliciones y candidatos independientes– iniciarán el domingo 27 de agosto a partir de 9:00 horas. De ser posible, la sesión se llevará a cabo de manera ininterrumpida hasta su conclusión, pudiendo continuar el lunes 28 y el martes 29 de agosto.

A partir de los resultados que se obtengan, la Sala Superior del TEPJF tomará en consideración las modificaciones que, en su caso, se presenten, a fin de resolver el fondo de los juicios presentados por los partidos PAN, PRD, PT y Morena”, agregó.

Quizás tras ese nuevo proceso de cómputo y escrutinio ordenado por el TEPJF se justifique la confianza mostrada por el presidente estatal del PRI, ERNESTO NEMER ALVAREZ, quien aseguró en su cuenta de tweeter que con ello “se dará mayor certeza al triunfo del gobernador electo, ALFREDO DEL MAZO”.

No lo dudamos, pero el nuevo recuento justifica asimismo las repetidas críticas de falta de imparcialidad que por los opositores al PRI y sus aliados esgrimieron durante el proceso en contra de las autoridades electorales representadas por el mismo IEEM y el Tribunal Electoral del Estado de México.

Habrá que recordar, por ejemplo, el resultado de la sesión pública realizada por el TEEM l pasado 30 de julio, cuando se resolvieron ciento veintisiete juicios de inconformidad, en relación a los cuales el mismo Tribunal dio a conocer que “se impugnaron los cuarenta y cinco distritos de la entidad, el Partido Acción Nacional instó veintinueve juicios (de los cuáles

seis fueron desechados, al invocarse en las demandas casillas que no pertenecen al distrito impugnado y/o ante la falta de hechos y agravios), la Coalición PRI-PVEM-NA-ES, once, el Partido de la Revolución Democrática veintisiete, el Partido del Trabajo quince y MORENA cuarenta y cinco.

El estudio de fondo de los asuntos se realizó en cuarenta y cinco sentencias acumuladas, una por cada distrito electoral, de las que destaca el agravio hecho valer por los institutos políticos MORENA y del Trabajo, por medio del cual solicitaron se ordenara a los 45 Consejos Distritales, un recuento en la totalidad de casillas instaladas, en virtud de que en su estima, a nivel global en todo el Estado en la elección de Gobernador, existieron más votos nulos que la diferencia entre primero y segundo lugar

En las sentencias se sostiene que los actores sustentaron su petición de recuento total en una hipótesis no prevista en la legislación electoral local, ya que el recuento total de votos, solo procede una vez efectuada por el Consejo General la sumatoria final de los resultados que consten en las actas de cómputo distrital de todos los distritos que integran el Estado, siempre y cuando la diferencia entre el candidato presunto ganador de la elección en la entidad y el que haya obtenido el segundo lugar en la votación, sea igual o menor a un punto porcentual de la votación válida emitida en el Estado, de ahí lo infundado del agravio”.

Por lo que respecta a las causales de nulidad de la votación recibida en casilla -muy invocadas por los partidos opositores durante la sesión ininterrumpida del IEEM que culminó con la entrega de la constancia de mayoría a favor de ALFREDO DEL MAZO MAZA-, ya el TEEM había informado que “fueron impugnadas por los partidos políticos actores en los ciento veintiún juicios de inconformidad, un total de seis mil ciento noventa y seis casillas; de las cuáles, se decretó la nulidad de la votación recibida en setenta y nueve de ellas, lo que representa la nulidad de veinticuatro mil doscientos cuarenta y tres votos en todo el Estado”.

Previamente, el Tribunal Electoral del Estado de México había desechado el 29 de junio setenta juicios de inconformidad presentados por MORENA, PT y PRD, pero el 12 de julio el TEPJF revocó la sentencia del TEEM obligándolo a resolver nuevamente.

Ante esa decisión, el partido Morena interpuso 45 juicios de revisión constitucional ante la Sala Superior del TEPJF, considerando que el Tribunal mexiquense solo había anulado un número reducido de casillas, dada la magnitud situaciones ilegales que denunció en el proceso electoral.

Finalmente, como ya se mencionó, el pasado 8 de agosto, el Instituto Electoral del Estado de México concluyó el cómputo final de los votos registrados en la elección de gobernador, del pasado 4 de junio, y declaró como ganador al candidato del PRI, ALFREDO DEL MAZO, con 169 mil 167 votos más que su principal contrincante, la candidata de Morena, DELFINA GÓMEZ.

Cabe esperarse que el escrutinio y cómputo adicional que se verifique posiblemente hasta el próximo martes por orden del TEPJF, por el reducido número de las casillas, efectivamente no modifique significativamente el resultado obtenido por el IEEM, más sin embargo, en términos políticos, MORENA y los restantes partidos opositores seguramente utilizarán el hecho como pretexto privilegiado para seguir cuestionando la validez de la elección y así minar la legitimidad del triunfo del que será el nuevo gobernador mexiquense, mediante marchas y protestas que seguramente se multiplicarán, sobre todo a las puertas del proceso electoral federal que incluye la Presidencia de la República y culminará con las elecciones del 3 de junio de 2018.

Cabe esperarse todo.

 

 

 

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