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REGISTRO CIVIL RECONOZCA A PERSONAS TRANSEXUALES, PROPONE PRD

Toluca, Estado de México, 16 de noviembre de 2017.-A través de una iniciativa presentada ante el congreso mexiquense para la reforma y adición de diversas disposiciones del Código Civil del Estado de México, el diputado del GPPRD, Jesús Sánchez Isidoro planteó se certifique la personalidad jurídica de las personas Trans (transgénero, transexual y travesti), para garantizar el derecho al reconocimiento de su identidad de género ante el registro civil.

Jesús Sánchez Isidoro habló de la creación de un procedimiento administrativo denominado “Reconocimiento de identidad de género”, en el que no se requerirá de una prueba la pericial para comprobar la reasignación de sexo, al ser un acto voluntario. Además de que el procesó tendrá dos etapas: el levantamiento del acta para la identidad de género y el resguardo del acta primigenia, que deberá quedar como dato reservado, salvo orden judicial.

La iniciativa remitida a Comisiones tras su presentación en el pleno legislativo, proyectó los requisitos para la obtención de una nueva acta, entre los que se plantean: ser mayor de edad, dar cuenta la Dirección General del Registro Civil del Estado, manifestar ante el Registro Civil el nombre completo y los datos registrales asentados en el acta primigenia, además del nombre solicitado (sin apellidos), y por último, el género solicitado.

<<Una vez que el trámite de levantamiento de acta para el reconocimiento de identidad de género sea concluido, el registro civil remitirá al Juez que corresponda, a efecto de que éste, previa revisión del procedimiento, ordene a las dependencias públicas y privadas para que hagan las modificaciones correspondientes a los documentos personales de la persona solicitante>>.

Con la reforma de los artículos 3.1, donde se adicionan los artículos 3.42, 3.43, 3.44 y 3.45 del Código Civil del Estado de México, Jesús Sánchez Isidoro contempló medidas legislativas y administrativas para que se indique el generó o sexo de una persona en certificados de nacimiento, pasaporte, registros electorales y otros documentos que reflejen la identidad de género que cada persona defina para sí. Añadiendo que dichas reformas ayudarán en la sociedad a erradicar la discriminación.

<<Las personas Trans son un sector invisibilizado que sufren discriminación por su apariencia, lo que impacta en sus derechos a trabajar, la seguridad social y servicios de salud, a votar, a la privacidad, a la salud integral entre otros muchos más. Esta es la razón que de acorde a lo establecido por el artículo 1º. Constitucional es necesario legislar bajo la óptica del principio pro persona y adecuar la normatividad existente acorde a la legislación internacional de avanzada en la materia>>.

Apuntando que la solicitud de acta deberá realizarse ante las instancias del registro civil como acto administrativo, Sánchez Isidoro concluyó que la nueva identidad  en cuanto a nombre y sexo, no borrara hechos o actos acontecidos bajo la anterior identidad, recalcando que la protección de sus derechos fundamentales no significa la desprotección de los derechos de terceros o del orden público, permaneciendo el registro de sus antecedentes penales

ARB

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