Voto secreto IEEM 720X90

SEGURIDAD INTERIOR: LA AUSENTE (1)

*Seguridad Interior: la ausente (I)
*Fuerzas Armadas demandan Ley
*Y no actuar más como polícías
*Crear cuerpos civiles capaces: EPN

Luis Alberto Rodríguez

Nadie podrá negar que las Fuerzas Armadas mexicanas han cumplido un papel esencial en la ya larga lucha por abatir los crecientes índices de inseguridad y en especial la presencia de los grupos criminales organizados y el narcotráfico que afectan la seguridad interna del país, a pesar de que su responsabilidad fundamental se centra en la defensa y procuración de la Seguridad Nacional.

De ahí la relevancia del pronunciamiento del Secretario de Marina, Almirante VIDAL FRANCISCO SOBERÓN SANZ durante la ceremonia de entrega de menciones honoríficas a unidades y personal del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, que esta semana pasada encabezó el Presidente ENRIQUE PEÑA NIETO, y a quien urgió la creación de una Ley de Seguridad Interior en cuyo marco se establezcan los niveles de competencia de las policías municipales, estatales y federales así como el procedimiento  a seguir para solicitar el apoyo de las fuerzas Armadas “en caso de que las autoridades policiacas se vean rebasadas”.

Tras resaltar que soldados, pilotos y marinos entienden el compromiso y la importancia de salvaguardar la seguridad interior de la Nación, el Secretario de Marina no dejó de mencionar que aunque esa es una tarea “de todos”, primordialmente corresponde a “quienes conforman las autoridades municipales, estatales y federales”.

El Almirante SOBERÓN SANZ dejó claro que la intención de esa Ley “no sería que las Fuerzas Armadas actúen como policías, sino responsabilizar a las autoridades de los tres órdenes de Gobierno para que pongan todo su empeño y dejen como último recurso el empleo de las Fuerzas Armadas mexicanas.

Por su parte, el Presidente PEÑA NIETO reconoció en esa ceremonia que “Hoy más que nunca cada quien, desde su ámbito de responsabilidad e influencia, debe asumir la parte que le corresponde en la construcción de un México en paz”,  al tiempo que subrayó que “como Estado, tenemos el deber de avanzar en la conformación de cuerpos civiles de seguridad profesionales, confiables y eficaces, cuyo desempeño haga innecesario desplegar a los cuerpos castrenses para atender tareas de seguridad interior”.

Sin embargo, añadió, “mientras sea necesaria su intervención, también es deber del Estado proveer a las Fuerzas Armadas de un marco legal que dé certeza a su actuación”.

Ciertamente, ya va a cumplirse casi una década de que el régimen federal anterior encabezado por el Presidente panista FELIPE CALDERÓN le declaró la “guerra” a la delincuencia organizada y el narcotráfico en el país y llamó a la participación abierta de las Fuerzas Armadas en esa lucha, sin que desde entonces, el Estado Mexicano, incluido el régimen actual priista que encabeza PEÑA NIETO, hayan acertado a fortalecer las fuerzas responsables de garantizar la seguridad interior mediante una ley que claramente establezca los niveles de sus responsabilidades.

Si bien a principios del año 2009 el presidente CANDERÓN  expidió  la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en la que se establece que la seguridad pública es una función a cargo de la federación, el (entonces) Distrito federal, los Estados y los Municipios, “que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos” y cuyo eje será la coordinación entre tales instancias, en un arco de respeto a sus atribuciones; desde entonces, y aún en el actual régimen reformista que encabeza el Presidente PEÑA NIETO, el Estado mexicano no ha acertado a formular una complementaria Ley de Seguridad Interior que establezca claramente los límites de la intervención de las Fuerzas Armadas en esa lucha, si bien ya el artículo 129 de la Constitución general de la Republica autoriza a considerar que las FA pueden actuar en auxilio de las autoridades civiles, cuando éstas soliciten el apoyo.

Aunque ya en la Ley de Seguridad Nacional que en el año 2005 expidió el Presidente VICENTE FOX QUEZADA en la que se entienden “las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, la estabilidad y permanencia del estado mexicano” y entre cuyas instancias responsables figuran el Consejo de Seguridad Nacional, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional y otras, no se establecen allí sin embargo las funciones de las Fuerzas Armadas en la preservación de esa Seguridad Nacional.

Ha sido hasta recientemente cuando se han desplegado distintas iniciativas legislativas para formular una Ley de seguridad Interior en la que se establecieran las condiciones específicas para convocar la intervención de las fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, entre las que destacan las presentadas por el senador panista ROBERTO GIL ZUARTH y las de los diputados del Partido Revolucionario Institucional CESAR CAMACHO QUIROZ y MARTHA SOFIA TAMAYO

De tales iniciativas, la presentada por el senador panista ROBERTO GIL ZUARTH expone que “desde los años 70´s, las misiones de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior han evolucionado con la propia concepción de seguridad nacional en el ordenamiento y doctrina del Estado Mexicano. Pasando en esos años de la guerra fría de enfrentar amenazas generadas por Estados y otros sujetos de derecho internacional, a enfrentar amenazas emergentes de naturaleza no estatal como el narcotráfico, el terrorismo y el cambio climático en épocas recientes”.

Agrega el senador panista que ante la inflación cualitativa y cuantitativa de la violencia de tipo criminal durante las décadas de los años noventa y dos mil, “aunado a la crisis de confianza institucional en las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia a nivel local y federal, los Presidentes de la República desde la época de CARLOS SALINAS DE GORTARI hasta ENRIQUE PEÑA NIETO, pasando por las administraciones panistas de VICENTE FOX y FELIPE CALDERÓN, tuvieron que ordenar el despliegue de la Fuerza Armada Permanente, tanto en funciones y misiones relativas a la seguridad interior, verificación en materia de armas y explosivos, así como de apoyo a las atribuciones civiles en materia de seguridad pública”.

Recuerda el senador GIL ZUARTH que desde los años cuarenta, la Fuerza Armadas se han involucrado en campañas de erradicación de cultivos ilícitos y en los años setenta, la llamada OPERACIÓN CONDOR involucró un despliegue amplio de elementos para combatir el narcotráfico, particularmente en el noroeste del país; mientras que en la administración FOX, fueron movilizadas en operaciones de corto plazo para restablecer condiciones de seguridad en algunas localidades como el Operativo México Seguro, en misiones estrechamente acotadas.

En cambio, sustantivamente a partir de 2006, las operaciones dejaron de tener plazos perentorios y la presencia de las FA en tareas de seguridad pública se volvió permanente en múltiples estados, al grado de que llegaron a sustituir, no necesariamente a complementar a corporaciones municipales y estatales.

Ese nuevo modelo de intervención, iniciado en la administración del presidente FELIPE CALDERÓN y continuado bajo la administración del presidente ENRIQUE PEÑA, puntualiza GIL ZUARTH, genera un dilema político/legal de difícil solución:

  1. En ausencia de corporaciones locales y estatales competentes, las Fuerzas Armadas no pueden retirarse, so pena de dejar indefensa a la población frente al crimen organizado; y
  2. La presencia de las Fuerzas Armadas (o de la Policía federal) ha reducido los incentivos de los actores políticos locales y estatales para construir capacidades propias.

Además del problema político -agrega- el nuevo modelo de intervención generó un problema constitucional y legal. Hasta la fecha, ha existido plena justificación constitucional para la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública sostenida por criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aunque la falta de un marco legal secundario ha generado un clima de inseguridad jurídica sobre el cómo, cuándo y cuanto tiempo pueden operar las Fuerzas Armadas en apoyo a las autoridades civiles.

Mañana continuamos.

 

 

 

Related post

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *