ABSURDO SALARIO PRESIDENCIAL

  • Si de austeridad se trata, López Obrador bien pudo fijarse un salario mucho menor

México, 6 de noviembre de 2018.-A partir hoy, martes 6 de noviembre de 2018, entra en vigor y por desgracia la nueva Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución.

Por instrucción de la Cámara de Diputados, ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación la absurda iniciativa que en el último tercio del calderonato presentó el entonces senador perredista Pablo Gómez (ahora diputado), que en San Lázaro quedó arrumbada pero que desempolvó la legislatura actual para que, tal cual, fuese mayoría por las bancadas lopezobradoristas.

La nueva ley no solo contiene pifias tales como hablar de un “Distrito Federal” o un “Instituto Federal Electoral” que ya no existen, sino errores conceptuales que contravienen la Constitución, en especial devaluar de manera implícita las que se supone muy altas responsabilidades del Presidente de la República.

Más allá de que no sea claro si ese ingreso es antes o después de pagar impuestos por el equivalente a casi la tercera parte y de que Andrés Manuel López Obrador prescinda de las Guardias Presidenciales y del Estado Mayor Presidencial, Su ingreso real incluirá lo que gaste en comida, transporte, gasolina, teléfono, servicios médicos (como jefe máximo del Ejército y la Marina, podrá disponer de los especialistas y de las instalaciones hospitalarias de las Fuerzas Armadas), así como su seguridad (por limitada o amplia que crea requerirla).

Con la nueva ley se oficializa la depreciación del cargo de Jefe del Poder Ejecutivo Federal, pero esto se comprende mejor si se lee y relee el Artículo 127 constitucional:

“Los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos, instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades”.

Con Calderón tuve oportunidad de enumerarle todos los beneficios de que gozaba y que abundaban servidores públicos que merecían tener un mayor salario que él.

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