AGILIZARÁ LX LEGISLATURA ANÁLISIS DE REFORMAS AL PODER JUDICIAL

 Plantean impulsar el servicio civil de carrera en el Centro de Mediación, regular el juicio hipotecario en la entidad, incluir el apercibimiento en los juicios electrónicos y consolidar la justicia restaurativa

  • Comisiones legislativas recibirán aportaciones de las y los diputados hasta el 26 de febrero y podrían aprobarlas en marzo.

Toluca de Lerdo, México, 24 de febrero de 2021.-  A fin de agilizar el análisis de las cuatro iniciativas presentadas por el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México para fortalecer al Poder Judicial a fin de impulsar el servicio civil de carrera al reducir la edad para ser mediador, regular el juicio hipotecario, incluir el apercibimiento en los juicios electrónicos y consolidar la justicia restaurativa, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LX Legislatura determinó que recibirá propuestas de las y los diputados hasta el próximo 26 de febrero para dictaminarlas en marzo próximo.

En sesión presidida por el diputado Sergio García Sosa (PT), la legisladora Lorena Marín Moreno (PRI) dio lectura a las iniciativas y subrayó el interés del magistrado Ricardo Sodi Cuellar para fortalecer el acceso oportuno a la justicia en la entidad, mientras que las y los diputados tienen la responsabilidad de legislar de acuerdo con las necesidades y realidad del estado.

Las iniciativas de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Código de Procedimientos Civiles del Estado de México y a la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social que buscan impulsar el servicio de carrera en el Centro de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa, proponen reducir de 30 a 25 años la edad mínima para que una persona sea mediadora, conciliadora o facilitadora, lo que permitirá integrar más jóvenes al servicio público.

También pretenden regular el juicio hipotecario y cubrir el vacío jurídico en la entidad en materia hipotecaria, incorporando figuras jurídicas para equilibrar los derechos y obligaciones de acreditantes y acreditados, propiciar la celeridad procesal y garantizar el derecho humano a la justicia pronta y expedita.

Plantean además reformas para apercibir a una de las partes en un juicio en modo electrónico, de que, si es omisa al ser requerida para exhibir en forma física un documento relacionado con un trámite, se darán por ciertos los hechos que se pretendan demostrar con la prueba que, en su caso, haya motivado el requerimiento. De acuerdo con la propuesta, es una práctica común que en los juicios electrónicos no se presenten físicamente los documentos que se solicitan a las partes.

Las modificaciones también buscan fortalecer los medios alternativos de solución de conflictos en materia familiar, y adicionar a la Ley de Mediación, Conciliación y Promoción de la Paz Social las figuras del Proceso de Justicia Alterna (mediación, conciliación y justicia restaurativas), intraprocesal, facilitador familiar y grupo multidisciplinario para promover la solución de conflictos por vía pacífica, fomentar la cultura de la paz y la restauración de las relaciones interpersonales y sociales.

OP

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