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AVALA CONGRESO REFORMA A LA LEY DE VOLUNTAD ANTICIPADA

  • Precisan los derechos de personas en fase terminal y garantiza su acceso a cuidados paliativos.
  • Amplían obligaciones del personal médico y de la Coordinación de Voluntades Anticipadas.

Toluca, Estado de México, a 20 de abril de 2021.- El Congreso Mexiquense aprobó, por unanimidad, reformas a la Ley de Voluntad Anticipada estatal y a otras disposiciones jurídicas para garantizar el derecho de las personas a decidir y planificar de forma anticipada, digna y libre los tratamientos médicos que desea recibir o rechazar, derivados de una enfermedad terminal o un accidente.

Las reformas precisan, como derechos de las personas en fase terminal y de sus familiares, la autodeterminación, la dignidad, la preservación de la intimidad y la confidencialidad, así como la no discriminación y acceso pleno a los servicios de salud.

Por ello, establecen el derecho de estas personas a recibir atención médica de cuidados paliativos a través de personal especializado, tecnología e insumos; incluyen obligaciones del personal de salud para otorgar los cuidados paliativos y cumplir con la voluntad anticipada, así como brindar asistencia tanatológica a las y los pacientes y a sus familiares.

Puntualizan que la Escritura de Voluntad Anticipada es el documento público otorgado ante notaria o notario público, en el que una persona, en pleno uso de sus facultades mentales, manifiesta su decisión libre de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos o cuidados paliativos en caso de llegar a encontrarse en fase terminal.

Para esto, quien formule la Escritura de Voluntad Anticipada podrá designar de uno hasta tres representantes, los cuales deben aceptar dicho cargo en el mismo acto para que verifiquen su cumplimiento. Además, estipula que tendrán el mismo valor jurídico la Escritura y el Acta de Voluntad Anticipada, que puede llevarse a cabo en instituciones de salud públicas y privadas.

También amplían las atribuciones de la Coordinación de Voluntades Anticipadas de la entidad para que difunda y distribuya los formatos que faciliten el trámite para realizar las declaraciones de voluntad anticipada y capaciten a personal de instituciones públicas, privadas, sociales y civiles y sociedad en general.

En sesión deliberante, el diputado Maurilio Hernández González, autor de la iniciativa, expuso el dictamen que incluye los puntos de vista del personal médico, profesionales de la salud y paliativistas, encabezados por la doctora Celina Castañeda de la Lanza, quienes con su experiencia diaria en atender a pacientes en situación terminal contribuyeron a la elaboración de la reforma.

OP

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