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ELIMINAR PROTOCOLIZACIÓN DE SENTENCIAS ANTE NOTARIO, AVALAN DIPUTADOS EN COMISIONES

Toluca, México, 25 de febrero de 2020.- Por iniciativa de la diputada Violeta Nova Gómez, legisladores aprobaron en comisiones, eliminar los gastos innecesarios a los ciudadanos al protocolizar ante notario público las resoluciones judiciales de información de dominio, tal y como sucede con el juicio de usucapión.

“En muchos casos por no contar con la solvencia económica, las personas dejan el trámite a la mitad vulnerándose la seguridad jurídica respecto de sus bienes inmuebles e imposibilitando al Estado de contar con un registro pleno de la situación jurídica de la ocupación territorial”, destacó la legisladora durante la reunión de las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia.

La iniciativa de Violeta Nova reforma el artículo 3.29 del Código de Procedimientos civiles del Estado de México, para que las sentencias de información de dominio que emita un juez sean inscritas directamente ante el Instituto de la Función Registral en el Estado de México, sin necesidad de ser protocolizadas ante Notario Público.

“Con esta medida vamos a disminuir costos innecesarios en el procedimiento para tener certeza jurídica sobre la propiedad de nuestros bienes, pues una vez concluido el procedimiento ante un juez, ya se tiene fe pública, por lo cual es innecesario protocolizar sentencias ante un notario”.

La propuesta de eliminar la obligación de protocolizar la sentencia de información de dominio emitida por la autoridad jurisdiccional, no repercute en las finanzas estatales o municipales, ya que el promovente debe cumplir oportunamente con el traslado de dominio, el pago de Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, así como los derechos relacionados con lo mismo, lo cual se deberá hacer dentro de los 17 días siguientes a la fecha en que cause ejecutoria la sentencia de la prescripción positiva

El diputado Max Corra recordó que se habían impuesto cargas económicas extras en casos de juicios de usucapión, de dominio y posesiones, con el único fin de beneficiar al gremio de notarios, pues las sentencias ya habían sido emitidas por un órgano jurisdiccional para ser declarados propietarios o legítimos propietarios.

“El notario público no puede modificar una sentencia, pero el juez sí puede calificar la validez de las actuaciones notariales, por lo que es ilógico que el notario mantenga esa atribución de protocolizar una actuación judicial”.

El morenista Margarito González destacó que la iniciativa permitirá al poseedor de un bien inmueble evitar gastos adicionales, aumentar el número de bienes registrados ante la función Registral, y prevenir actos fraudulentos por falta de registro.

El diputado Julio Hernández apuntó que pese a la inconformidad del gremio notarial se logró aprobar la reforma para armonizar con juicios de usucapión, al omitir la protocolización, y con ello dar respuesta a las demandas ciudadanas.

OP

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