En el documento publicado por el presidente el 22 de noviembre pasado, se detalla que las obras asociadas a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles (en todas sus modalidades), energético, puertos y aeropuertos serán valoradas como de interés publicó.
Durante la sesión, la comisionada Julieta del Río recordó que el marco normativo general y federal presente prohíbe la clasificación previa de la información.
Agregó que la normativa vigente “ordena a los sujetos obligados a realizar un análisis caso por caso en la clasificación de la información”.
En noviembre, el INAI ya había planteado que el decreto plantea una “posible transgresión” del artículo 6 de la Constitución Política de México.
“En tanto que la seguridad nacional es un presupuesto de reserva de la información, de acuerdo al artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, agregó.
El INAI afirmó que el decreto publicado por López Obrador puede vulnerar el derecho de acceso a la información.