INE PROMOCIONARÁ PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA CONSULTA POPULAR 2021

 INE PROMOCIONARÁ PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA CONSULTA POPULAR 2021

Desde este 15 de julio y hasta el 1 de agosto, el Instituto Nacional Electoral (INE) llevará a cabo una campaña para promocionar la participación ciudadana en la primera Consulta Popular 2021, en la que el organismo difundirá más de 377 mil spots en diversos medios y plataformas.

Esta consulta se realizará el domingo 1 de agosto, donde se preguntará: “¿Estás de acuerdo en que se lleven a cabo acciones con apego al marco legal para esclarecer las decisiones políticas tomadas en el pasado por los actores políticos y garantizar la justicia y derechos de las posibles víctimas?”, a lo que los ciudadanos deberán responder “sí” o “no”.

En sesión extraordinaria del Consejo General del INE, el consejero José Roberto Ruiz explicó que la campaña es con el “fin de lograr una discusión informada y razonada con la presente metodología se pretende ofrecer elemento sobre qué es una consulta, cuándo do será, cuál es el contenido de la pregunta, qué se necesita para participar, quiénes recibirán la opinión, dónde se puede participar, cómo será la papeleta, así como los resultados”.

Para lo anterior, el órgano electoral difundirá mensajes en radio, televisión, así como medios impresos, exteriores y digitales para promover la participación, el debate y la cultura de la información sobre la Consulta Popular 2021.

Tanto los spots de radio como de TV serán divulgados en la totalidad de los espacios asignados al INE, por lo que contarán con una cobertura nacional de gran impacto.

Serán 212 spots en radio y televisión por cada una de las 3 mil 492 emisoras, por lo que en total serán 377 mil 606 mensajes promocionales.

Además, habrá 97 inserciones en periódicos nacionales y locales sobre el mismo tema.

Del 15 de julio al 1 de agosto se difundirán spots para informar qué es y cuándo se realizará la Consulta Popular 2021, qué se necesita para participar, qué se preguntará.

Del 18 de julio al 1 de agosto los mensajes en medios de comunicación serán sobre cómo será la papeleta, el protocolo de medidas sanitarias.

Y del 23 de julio al 7 de agosto se difundirán los resultados de ésta.

En el Diario Oficial de la Federación se publicó el Decreto -cuyo texto a continuación se reproduce-, con el que se expide la Convocatoria a la Consulta Popular:

DECRETO por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Congreso de la Unión.

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 26, FRACCIÓN VI, DE LA LEY FEDERAL DE CONSULTA POPULAR, DECRETA: SE EXPIDE LA CONVOCATORIA DE CONSULTA POPULAR
CONVOCATORIA A CONSULTA POPULAR
Artículo Único.– El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo establecido por los artículos 35, fracción VIII, Apartados 1o. y 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 26, fracción VI, de la Ley Federal de Consulta Popular
CONVOCA
A las y los ciudadanos de la República mexicana para que emitan su opinión en el proceso de CONSULTA POPULAR sobre «las acciones para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos», la cual se llevará a cabo el domingo 1 de agosto de 2021, conforme a las siguientes:
BASES
PRIMERA. DISPOSICIONES GENERALES.
La organización, desarrollo, coordinación, cómputo y declaración de resultados de la Consulta Popular estarán a cargo del Instituto Nacional Electoral, conforme a la metodología que apruebe, el cual será la única instancia calificadora.
SEGUNDA. DIFUSIÓN.
La difusión de la Consulta Popular se llevará a cabo en los tiempos y forma que determine la metodología aprobada por el Instituto Nacional Electoral, observando en todo momento lo dispuesto por el artículo 35, fracción VIII, Apartado 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Sección Tercera del Capítulo III de la Ley Federal de Consulta Popular.
TERCERA. PREGUNTA DE LA CONSULTA.
¿ESTÁS DE ACUERDO O NO EN QUE SE LLEVEN A CABO LAS ACCIONES PERTINENTES, CON APEGO AL MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL, PARA EMPRENDER UN PROCESO DE ESCLARECIMIENTO DE LAS DECISIONES POLÍTICAS TOMADAS EN LOS AÑOS PASADOS POR LOS ACTORES POLÍTICOS ENCAMINADO A GARANTIZAR LA JUSTICIA Y LOS DERECHOS DE LAS POSIBLES VÍCTIMAS?
SÍ ESTOY DE ACUERDO
NO ESTOY DE ACUERDO
CUARTA. UBICACIÓN E INTEGRACIÓN DE MESAS DIRECTIVAS DE CASILLA.
El Instituto Nacional Electoral determinará la ubicación de las casillas de la Consulta Popular, considerando, para ello, lugares de fácil acceso, así como su conformación e integración, los cuales deberán procurar la accesibilidad de adultos mayores y/o personas con alguna discapacidad.
Asimismo, difundirá, por los medios que el propio Instituto determine, el listado de ubicación e integración de mesas directivas de casilla.
QUINTA. JORNADA DE LA CONSULTA POPULAR.
Apertura.
La jornada de la Consulta Popular se realizará el domingo 1 de agosto de 2021, en un horario de 8:00 a 18:00 horas, dentro de las demarcaciones que determine el Instituto Nacional Electoral. A ella concurrirán todas las y los ciudadanos interesados en emitir su opinión.
Cierre.
Concluida la jornada de la Consulta Popular, el Instituto Nacional Electoral declarará el cierre de ésta y procederá a realizar el escrutinio y cómputo.
Cuando por causas fortuitas o de fuerza mayor se impida el normal desarrollo de la jornada de la Consulta Popular, el Instituto Nacional Electoral, como órgano superior de dirección y única instancia calificadora, en el marco de sus atribuciones podrá suspender, de manera temporal o definitiva, el ejercicio en una o más mesas directivas de casilla, debiendo quedar asentado en el acta circunstanciada que al efecto se levante por personal del Instituto facultado para ello.
SEXTA. RESULTADOS DE LA CONSULTA.
La validación de los resultados de la Consulta Popular estará a cargo de la instancia calificadora.
SÉPTIMA. CASOS NO PREVISTOS.
Los casos no previstos en la presente Convocatoria y en la metodología aprobada serán resueltos por el Instituto Nacional Electoral.
Transitorios
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Notifíquese la Convocatoria contenida en el presente Decreto al Instituto Nacional Electoral.
Tercero. Publíquese la Convocatoria contenida en el presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 22 de octubre de 2020.- Sen. Oscar Eduardo Ramírez Aguilar, Presidente.- Rúbrica.- Dip. Dulce María Sauri Riancho, Presidenta.- Rúbrica.- Sen. Nancy de la Sierra Arámburo, Secretaria.- Rúbrica.- Dip. María Guadalupe Díaz Avilez, Secretaria.- Rúbrica.

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