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MISCELÁNEA FISCAL 2022 FUE APROBADA EN LO GENERAL Y PARTICULAR

  • El proyecto de decreto reforma diversas disposiciones de las leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros

CDMX, 27 de Octubre de 2021.- Con 67 votos a favor, 47 en contra y una abstención, el Senado mexicano aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que avala la Miscelánea Fiscal 2022 enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El proyecto de decreto reforma diversas disposiciones de las leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del Impuestos Especial sobre Producción y Servicios (IESP), del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) y del Código Fiscal de la Federación, entre otros.

La llamada Miscelánea Fiscal incluye en la Ley del ISR un Régimen Simplificado de Confianza, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, cuyo objetivo es la simplificación de las obligaciones fiscales para las personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta tres millones 500 mil pesos.

Plantea establecer en el Código Fiscal de la Federación que las personas físicas mayores de 18 años deberán solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, a fin de impulsar la cultura tributaria entre los jóvenes y para facilitar su incorporación al mercado laboral.

El Código Fiscal de la Federación plantea que las personas físicas mayores de 18 años deberán solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes

Esto no implicará que estén obligadas a presentar declaraciones, por lo que el alta ante al Servicio de Administración Tributaria será “sin obligaciones”, hasta que se incorporen a alguna actividad económica.

El dictamen prevé disminución de la tasa del IVA del 16 al 0 por ciento a las toallas sanitarias, tampones y copas para la gestión menstrual; reduce también con la misma tasa impositiva los alimentos para animales y productos agrícolas y ganaderos.

En materia de donativos, se elimina la excepción contenida en el último párrafo del artículo 151 de la Ley del ISR, a fin de que dichos donativos deducibles se sujeten también al límite global para las deducciones personales del 15 por ciento del total de los ingresos anuales.

Las donaciones, se menciona en el documento, representan un gasto fiscal para el erario, pues benefician principalmente a las personas con mayores ingresos, por lo que dicho beneficio, de deducción por donativos, sólo beneficia a un pequeño sector de la población.

Con las reformas las personas físicas que se dediquen actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, cuyos ingresos no excedan de 900 mil pesos, no paguen ISR; pero cuando los ingresos excedan dicho monto, se deberá pagar el impuesto conforme al Régimen Simplificado de Confianza, sin que excedan de la cantidad de tres millones 500 mil pesos.

El monto máximo de ingresos en 2022, para acceder el Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas hasta 3.5 millones de pesos, serán los ingresos facturados.

Mientras que, para las personas morales, determina que, para acceder al Régimen Simplificado de Confianza para Personas Morales, los ingresos facturados serán hasta 35 millones de pesos.

Se establece que cuando la autoridad aduanera o fiscal detecte la introducción de combustibles automotrices omitiendo el pago total o parcial del IEPS, se aplique la cuota que le corresponda según el tipo de combustible de que se trate.

Respecto a la reestructuras corporativas, dispone que para que pueda realizarse en la venta de acciones, sólo se otorgará a sociedades residentes en México que pertenezcan a un mismo grupo empresarial; y acota que cuando, para la comprobación fiscal, se detecte que la restructuración carece de razón de negocios o que se realizó incumpliendo los ordenamientos legales de la ley del ISR, la autorización para la reestructura quedará sin efecto.

OP

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