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OBLIGADA LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN TODO GOBIERNO: TANECH SÁNCHEZ

Toluca, México, 25 de enero de 2019.- Al aprobarse por unanimidad que el Poder Legislativo vuelva a calificar las cuentas públicas estatal y de los municipios, el diputado Tanech Sánchez Ángeles afirmó que la rendición de cuentas es obligada e indispensable para cualquier gobierno que se presuma democrático, ya que así se disminuye la corrupción, la malversación de los recursos y el uso de los bienes públicos para beneficio privado.

Destacó que la reforma a la Constitución Política estatal para devolver a la Legislatura esa facultad permitirá sentar las bases para un control presupuestal claro y oportuno, ajeno a toda motivación política o de grupo.

Al dar lectura al dictamen que conjuntó la iniciativa que presentó en nombre del Grupo Parlamentario de morena, y las presentadas por los diputados Anuar Azar Figueroa (PAN), Francisco Rodolfo Solorza Luna (PT), Araceli Casasola Salazar y Omar Ortega Álvarez (PRD), el legislador dijo que se trata de contribuir e identificar los errores u omisiones, así como los actos de corrupción, dentro de la administración pública.

Agregó que en lo que va de este siglo viene consolidándose un proceso de democratización con elecciones libres y competidas, así como con una mayor participación política y ciudadana, “sin embargo, los procesos efectivos de rendición de cuentas han sido deficientes. A los ojos de la ciudadanía esta percepción se hace más evidente en los gobiernos estatales”, de tal manera que era necesario emprender esta reforma.

En su Primer Periodo Extraordinario de Sesiones, la 60 legislatura aprobó reformar el artículo 61 de la Constitución Política local para establecer que la Legislatura, además de recibir, revisar y fiscalizar las cuentas públicas del estado y de los municipios del año anterior, nuevamente podrá calificarlas, es decir, avalar o reprobar sus resultados.

Para este propósito la Legislatura contará con un Órgano Superior de Fiscalización (OSFEM) dotado de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la legislación aplicable.

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