Inicio » LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO » PLANTEA EL PAN REFORMA PARA PROTEGER EL PATRIMONIO DE PERSONAS MAYORES

PLANTEA EL PAN REFORMA PARA PROTEGER EL PATRIMONIO DE PERSONAS MAYORES

  • El diputado Edgar Olvera propuso incluir en el Código Civil una cláusula de usufructo vitalicio de sus bienes
  • En la entidad habitan un millón 517 mil 425 personas adultas mayores

Toluca de Lerdo, México, 11 de noviembre de 2020.- A fin de salvaguardar el derecho de las personas mayores de 60 años a una vivienda digna, el diputado Edgar Armando Olvera Higuera propuso incluir en el Código Civil del Estado de México una cláusula de usufructo vitalicio, que busca evitar la posibilidad de que sean desalojadas de su hogar, y que tengan el derecho a utilizarlo hasta el momento de su muerte.

De acuerdo con el legislador, muchas personas mayores deciden donar o heredar sus propiedades a sus hijos, nietos o algún otro familiar, para dar certeza a su patrimonio, sin embargo, en ocasiones al hacerlo previo a su fallecimiento, se abusa de esta situación y se les deja en estado de indefensión.

Por ello, esta propuesta busca garantizar el disfrute de los bienes de las personas mayores mientras se encuentren con vida, además de prevenir posibles engaños o abusos, privilegiando la protección de su patrimonio.

En este sentido, propone que cuando una persona de 60 años decida donar o heredar su patrimonio, el notario que expida el instrumento público de donación deberá incluir la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios.

Señala también que en caso de existir un solo bien inmueble, producto de la herencia, el cónyuge que sobrevive tendrá el derecho al usufructo vitalicio, siendo éste un derecho real que será intransferible.

El legislador expuso que de acuerdo con la encuesta intercensal 2015 del INEGI, en la entidad se reportan un millón 517 mil 425 personas mayores, que representan 9.4% de la población y se estima que para 2023 aumenté en un 45%, llegando a cerca de 2.2 millones.

La iniciativa, turnada a las Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su dictamen, busca adicionar el artículo 5.267 Bis y reformar el artículo 6.156 del Código Civil del Estado de México.

OP

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *