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SCJN ATRAE AMPAROS EN EL CASO DE ALEJANDRA CUEVAS

 SCJN ATRAE AMPAROS EN EL CASO DE ALEJANDRA CUEVAS
  • Un nuevo giro en el caso de Alejandra Cuevas: la SCJN atrae los amparos de la mujer acusada de homicidio por el fiscal Gertz Manero
  • Hasta última hora de este lunes, el destino de la mujer de 68 años estaba en manos de tres magistrados que este jueves 11 de noviembre darían a conocer la resolución sobre sus situación
  • La defensa de la acusada denuncia que se trata de un intento para prolongar su estancia en prisión

CDMX, 09 de Noviembre de 2021.- Este jueves 11 de noviembre, tres magistrados iban a pronunciar el veredicto sobre su caso, mismo que tenía altas posibilidades de significar la liberación de la acusada. Pero la noche de este lunes 9, las cosas cambiaron: el Consejo de la Judicatura Federal notificó a la familia de Alejandra que, por instrucción del fiscal mexicano, su caso fue remitido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que ahí sea resuelto.

“Teníamos una audiencia programada en la que los tres magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal se iban a reunir con mis hermanos y conmigo a través de una videoconferencia. Sin embargo ayer (lunes), aproximadamente a las 10 de la noche nos cancelan, no solo la audiencia del día de hoy, sino la deliberación que ya tenían programada para este jueves 11 de noviembre en donde se podía haber dictaminado la liberación de mi mamá”, comentó a Infobae Alonso Castillo, uno de los tres hijos de Alejandra. “La razón que ellos exponen es que Alejandro Gertz Manero solicitó la facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que dilatará más tiempo el proceso de mi madre en la cárcel, arriesgando su vida, al igual que la de toda mi familia”.

El correo por el cual les notificaron, la noche de este lunes, sobre el cambio de planes -en poder de Infobae-, enviado desde el Consejo de la Judicatura Federal señala:

Sobre la audiencia programada para el día de mañana (martes 9 de noviembre) a la diez horas y por instrucciones de los magistrados integrantes del Pleno de este tribunal, le informo que por comunicado del Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el mismo día de hoy, el Pleno de dicho alto tribunal, a solicitud de Alejandro Gertz Manero, resolvió ejercer la facultad de atracción para conocer de los amparos en revisión 176/2021 y 177/2021 del índice de este tribunal colegiado y en razón de ello requirió que este órgano colegiado:

1. Suspenda inmediatamente el dictado de las resoluciones, que como es de su conocimiento, estaba programada para el próximo jueves 11 de noviembre en curso.

2. Se le remitan dichos expedientes para que sea ese máximo tribunal quien los decida.

Desde finales de octubre de 2020, Alejandra Cuevas se encuentra encerrada en el penal de Santa Martha Acatitla acusada de homicidio por omisión de cuidados de Federico Gertz, pareja sentimental de su madre Laura Morán, quien tiene 94 años de edad. Fue sentenciada con un auto de formal prisión, mismo que la Cuarta Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México confirmó el pasado mes de febrero. Los argumentos con los que se emitió dicha sentencia referían a Alejandra como garante de Federico, es decir, quien estaba a cargo de sus cuidados. Pero la única que desempeñaba ese rol era su madre, Laura.

Así lo consideró ahora la Juez Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, Patricia Díez, señalando que los argumentos de la Cuarta Sala para considerar a Alejandra Cuevas garante de Federico Gertz Manero, fueron incongruentes con los testimonios y elementos prueba que se presentaron ante la justicia. Entonces le otorgó casi a mediados del pasado septiembre un amparoque dejaba sin efecto la orden de aprehensión en contra de ella y de su madre.

Sin embargo, a finales de septiembre, la Fiscalía General de la República (FGR), dirigida por Alejandro Gertz Manero, impugnó el amparo que hace unas semanas le otorgaron a Alejandra Cuevas, de 68 años de edad, contra la sentencia que la tiene desde hace casi un año en prisión, acusada por el homicidio de Federico Gertz Manero, hermano del fiscal de México.

Y ese era el amparo sobre el cual Juan José Olvera López, Horacio Armando Hernández Orozco y Francisco Javier Sarabia Ascencio, magistrados del Primer Tribunal Colegiado de Materia Penal del Primer Circuito de la Ciudad de México, deliberarían este jueves 11 de noviembre, mismo recurso legal que ahora fue atraído por la SCJN.

La defensa de Alejandra Cuevas reclamó ya que este cambio de rumbo en el caso es improcedente. Su argumento se basa en el artículo 40 de la Ley de Amparo que señala: “el Pleno o las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán ejercer, de manera oficiosa o a solicitud de la persona titular de la Fiscalía General de la República la facultad de atracción para conocer de un amparo directo que corresponda resolver a los tribunales colegiados de circuito, cuando por su interés y trascendencia lo ameriten.”

De lo anterior destacan que, en el caso de Alejandra Cuevas, Alejandro Gertz Manero es la parte acusatoria como figura personal, es decir, sin el carácter de fiscal. Además el amparo que le fue otorgado a la acusada es del tipo indirecto. Y por último, indican, al ser una situación de carácter particular, no tiene la trascendencia como para ser tratado en la Corte.

El hermano del fiscal mexicano murió en septiembre de 2015. La autopsia señaló prácticamente el deterioro de su salud como la causa del deceso. Pero Alejandro Gertz Manero acusó a Laura Morán –pareja por casi cinco décadas de su hermano y en ese momento de 88 años de edad– y a su hija Alejandra de homicidio por omisión de cuidados a Federico.

La denuncia fue archivada dos veces por la justicia de la Ciudad de México. En ambas ocasiones se concluyó que no había elementos que evidenciaran las responsabilidad de Laura Morán y Alejandra Cuevas en la muerte de Federico. Pero en 2020, luego de que Alejandro Gertz Manero fuera designado a cargo de la Fiscalía General de la República, el caso dio un giro radical: la demanda procedió y se retomó la acusación. El 25 de septiembre se ejerció acción penal y el 2 de octubre se libró la orden de aprehensión en contra de ambas señaladas. El 16 de octubre de 2020 Alejandra Cuevas fue detenida.

Prácticamente, Alejandra es culpada de conscientemente no haber asistido a Federico Gertz Manero mientras su estado de salud empeoraba. No obstante, para que una persona sea considerada culpable por homicidio por omisión, tiene que quedar comprobado que era garante de la víctima, es decir, quien estaba a cargo de sus cuidados. En este caso, ese rol solo lo desempeñaba Laura Morán quien, dentro de sus posibilidades y asistida por el personal de salud que tenía contratado, llevaba a Federico a consultas y le compraba los medicamentos que le recetaban, según consta en las declaraciones de ella y de los testigos.

Es importante señalar que, para que la persona garante pueda ser acusada, se debe tomar en cuenta la posibilidad de salvamento. Eso se refiere a la posibilidad física para actuar en el momento del peligro. Laura Morán tenía 88 años de edad en ese entonces.

La jueza federal Patricia Marcela Diez, quien le otorgó el amparo a Alejandra, consideró que la acusación en su contra está plagada de incongruencias, señalando que no hay elementos que la identifiquen como la garante del fallecido Federico; hay pruebas de que, por el contrario, sí le brindaron los cuidados que ameritaba; solo se tomaron en cuenta los alegatos de la parte acusatoria para la sentencia, ignorando los intentos de la defensa por presentar sus pruebas contradictorias.

En tanto, en el portal de la SCJN ya se lee una postura al respecto: “Una vez que el suscrito Ministro presidente, Arturo Zaldívar, hizo suya la petición de atracción referida, se sometió a la consideración de las señoras Ministras y de los señores Ministros integrantes del Tribunal Pleno de esta SCJN, quienes en sesión privada celebrada en esta misma fecha determinaron ejercer la facultad de atracción para conocer de los referidos amparos en revisión 176/2021 y 177/2021, ambos del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito”.

OP

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