TEPJF ORDENÓ AL CONGRESO EMITIR LA LEY REGLAMENTARIA DE REVOCACIÓN DE MANDATO

 TEPJF ORDENÓ AL CONGRESO EMITIR LA LEY REGLAMENTARIA DE REVOCACIÓN DE MANDATO
  • Los magistrados aprobaron por unanimidad que el INE elabore los lineamientos de la Consulta Popular, impulsada por AMLO

25 de Agosto de 2021.- Buenas noticias para el presidente Andrés Manuel López Obrador. Este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de la Unión que emita la Ley Reglamentaria en materia de Revocación de Mandato.

Con seis votos a favor y uno en contra, los magistrados aprobaron en sesión pública que los diputados y senadores expidan dicha ley reglamentaria antes del próximo 30 de septiembre, pues en diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto sobre Consulta Popular y Revocación de Mandato, donde se lee que la fecha límite para oficializarla concluyó el 17 de junio de 2020.

En este sentido, los magistrados estimaron que el incumplimiento al respecto genera una violación constitucional al afectar los derechos electorales de la ciudadanía a participar en el proceso de revocación previsto como derecho fundamental.

“Por esa razón, resulta indispensable, como dice la ponencia, someter a escrutinio público judicial la inacción del cuerpo legislativo, debido a que las reglas, principios e instituciones del proceso de revocación de mandato forman parte del derecho electoral”, expuso el magistrado Felipe Fuentes.

Además, avalaron que el Instituto Nacional Electoral (INE) elabore, dentro de sus atribuciones, los lineamientos en este campo, a fin de poder tener certeza jurídica para la realización de este ejercicio, que se planea en marzo de 2022.

Al respecto, el magistrado Indalfer Infante señaló que el INE debe tener la posibilidad de prever alternativas para disipar algunos aspectos importantes como, por ejemplo, la recabación de las firmas necesarias para promover la Revocación del Mandato. Se trata de que la parte normativa no sea un obstáculo ante la falta de legislación.

Por su parte, la magistrada Mónica Soto, al pronunciarse en contra de la propuesta, dijo que el único órgano que tiene atribuciones para ordenar al Congreso que legisle, ante la demostración de una omisión normativa derivada de un mandato constitucional, es la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Para organizar la consulta de revocación de mandato presidencial del próximo año, el INE prevé invertir parte de su presupuesto en la contratación de capacitadores, la producción de material electoral, el traslado de papelería, e incluso, contempla un pago a ciudadanos para garantizar la desinfección de los espacios donde se instalarán las casillas.

El árbitro electoral votará este 27 de agosto su proyecto de Presupuesto para 2022, en el que incluyó una previsión para la realización de la primera consulta de revocación de mandato en la historia del país, para la que pedirá al Congreso una asignación específica de 3,830 millones de pesos.

Cómo se llevaría a cabo

Después de que el Congreso apruebe la ley reglamentaria, sólo podrá ser solicitada por ciudadanas y ciudadanos que firmen una petición con sus datos electorales. El INE requerirá al menos el 3% de la lista nominal de electores que está conformada por 93, 528,473 de personas; es decir, se necesitarán 2, 805,854 de ellos. Además, deberán ser correspondientes a por lo menos 17 entidades federativas.

Cumpliendo estos requisitos, el INE tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación. Instalará mesas receptoras donde los votantes podrán cruzar en una papeleta por el “SÍ” o el “No” a la pregunta: “¿Está de acuerdo con que se concluya de manera anticipada el desempeño del cargo de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de confianza”? Esa redacción aparece tanto en la propuesta de Monreal.

Para que la revocación del mandato sea vinculatoria, tendrá que contar con el respaldo de 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal, es decir, poco más de 37 millones de votos.

Finalmente, se emitirá los resultados del proceso, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

 

OP

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