SCJN Rechaza revisar sentencia contra Mario Aburto

 SCJN Rechaza revisar sentencia contra Mario Aburto
“Toda vez que ninguna de las ministras y ninguno de los ministros decidió hacer suya de oficio la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción de referencia, ésta debe desecharse ante la falta de legitimación del solicitante”, señala el acuerdo publicado este lunes por la primera sala del máximo tribunal.

Se explica en el documento que según el artículo 107 de la Constitución solo los tribunales colegiados, la Fiscalía General de la República o el Ejecutivo Federal pueden solicitar a la SCJN que atraiga un caso que aún no agota todas sus instancias procesales, como ocurre en este asunto.

Se trata en específico del amparo directo 104/2021, que de esta manera regresará a la jurisdicción del primer tribunal colegiado en materia penal, con sede el Estado de México, donde deberá resolverse.

Aburto, respaldado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y defensores públicos, alega que sufrió tortura durante su interrogatorio, con el fin de declararse culpable y así sostener la versión oficial del “asesino solitario”.

La solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 488/2022, ahora desechada por la SCJN, fue promovida por Rafael Robles Roa, titular Litigio Estratégico en Derechos Humanos del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), dependiente del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que también encabeza el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

OP

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