INFORME SOBRE AGRESIÓN A CONVOY EN EL QUE IBA EL FISCAL

 INFORME SOBRE AGRESIÓN A CONVOY EN EL QUE IBA EL FISCAL
  • En estos hechos resultó lesionado un integrante de la escolta del Fiscal General, cuyo estado de salud se reporta estable y fuera de peligro

Toluca, México, 26 de enero de 2024.- La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, informa que a las 16:45 horas del día de ayer, un convoy compuesto por dos camionetas, en las cuales viajaban el Fiscal de la entidad y siete elementos de seguridad, así como una motocicleta tripulada por dos elementos de reacción, todos ellos portando visiblemente indumentaria institucional, fue objeto de una agresión mientras circulaban con dirección de Toluca a la Ciudad de México.

Al momento en que circulaba el referido convoy, fue interceptado por un particular que conducía un vehículo marca Jeep, submarca Grand Cherokee, modelo 2011, color negro mate, con vidrios oscuros y placas del Estado de México.

De las entrevistas preliminares a los integrantes de la escolta, se estableció que este vehículo inició un seguimiento cercano y continuo en el mismo carril del convoy oficial, desde las inmediaciones del municipio de Ocoyoacac, Estado de México y concluyó metros más delante de la bifurcación de las casetas de cobro hacia la Ciudad de México y La Venta-Naucalpan.

Al inicio de la agresión, el vehículo escolta que circulaba entre la camioneta del Fiscal General y la motocicleta, fue objeto de acercamientos peligrosos por parte del particular, de tal manera que los elementos de seguridad procedieron a realizar comandos verbales y físicos para alejarlo y desistiera de su conducta de riesgo.

A pesar de ello y lejos de desistir de su acción, continuó realizando acercamientos laterales y a muy alta velocidad con la evidente finalidad de desestabilizar la unidad oficial y el aparente propósito de impactar el vehículo oficial contra la valla de seguridad que colinda con el vacío, justo en el momento que transitaban sobre un puente vehicular de considerable altura, comprometiendo de esta manera la vida o la integridad física de sus tripulantes.

En respuesta uno de los elementos de escolta exhibió de forma disuasiva el armamento que portaba, ante lo cual, el vehículo agresor impactó la unidad oficial, de manera violenta y en reiteradas ocasiones. Por ello, con el propósito de resguardar la vida y la seguridad de los ocupantes, el artillero del binomio que tripulaba la motocicleta, detonó su arma de cargo en contra de los neumáticos del vehículo agresor, a fin de inhabilitarlo. La agresión no cesó, sino que se intensificó.

Dos de los elementos de escolta advirtieron que el ocupante de la unidad particular exhibió un arma de fuego de alto poder de características “recortadas”, por lo que ante esta circunstancia la escolta principal abrió fuego contra el tren motor del vehículo agresor, sin lograr inhibirlo.

En la bifurcación posterior a la salida de un túnel cercano, el agresor fue interceptado y rodeado por el convoy oficial. Los tripulantes de los vehículos oficiales descendieron y lo conminaron mediante comandos verbales a detenerse y abandonar el vehículo. Sin embargo, el sujeto realizó acciones evasivas súbitas y violentas que pusieron en riesgo al personal que se apostó al frente y en la parte posterior del vehículo del agresor, por lo que procedieron a realizar detonaciones a la parrilla, motor y llantas posteriores con objeto de impedir que se evadiera y evitar que dañara a personas ajenas a los hechos.

Cabe destacar que los elementos de protección actuaron de manera proporcional y de acuerdo a los protocolos en el uso legítimo de la fuerza, tal y como lo establece la ley de la materia, lo que permitió asegurar a Julio César “N” sin lesión alguna, no obstante que en todo momento opuso resistencia.

El ahora detenido fue trasladado y puesto a disposición del Agente del Ministerio Público de la Fiscalía de Asuntos Especiales ubicada en la ciudad de Toluca donde se le asignó defensor público y aun cuando se dio intervención a peritos para su certificación psicofísica y de lesiones, se negó a proporcionar las muestras necesarias. A pesar de ello, los peritos en medicina forense advirtieron indicadores clínicos de aparente estado de intoxicación.

En estricto apego al principio de presunción de inocencia, se solicitó intervención de peritos en psiquiatría a efecto de identificar alguna posible afectación clínica que arroje otros indicios que expliquen los motivos de su acción.

De las primeras acciones realizadas por peritos en materia de criminalística de campo, los indicios encontrados al interior del vehículo que conducía el detenido fueron un arma de fuego de tipo fusil con cargador abastecido con tres cartuchos útiles y tres casquillos percutidos, todos de calibre 7.62 x 39. 

los peritos ubicaron una chamarra táctica, una cangurera color verde que en su interior contenía bolsas con presuntos narcóticos, diversas credenciales entre las que se identificaron algunas aparentemente apócrifas con logotipos oficiales, una manopla de metal tipo boxer, una botella de vidrio conteniendo bebida alcohólica, un arma corto contundente con filo de metal y mango de plástico negro, así como artículos diversos presuntamente relacionados con prácticas rituales.

En la unidad oficial se identificaron tres orificios de entrada y salida presuntamente producidos por arma de fuego cuyo origen y calibre aún no se ha determinado pericialmente. Por otra parte, la distribución de los 31 impactos de arma de fuego de diversos calibres en el vehículo agresor permite advertir que en ningún momento se pretendió lesionar a su conductor.

Producto de esta acción un integrante de la escolta presentó lesiones por esquirlas de naturaleza balística a la altura de la ingle, por lo que ayer en la noche fue ingresado y esta mañana dado de alta de un centro hospitalario de la zona.

Con independencia de la probable intervención del investigado en la comisión de hechos constitutivos de delito relacionados con el evento, la ponderación inicial de los datos de prueba con los que se cuenta hasta este momento, entre ellos técnicas de investigación de cateo, no permiten establecer que la conducta desplegada por el agresor fue una acción consciente o dirigida en contra del Fiscal General de Justicia del Estado de México.

OP

Related post

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *